Actividades cuya prohibición eliminó la reforma
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Reforma aprobada en may. 2021Nota publicada por PRONACOM sobreEl Decreto 6-2021 del Congreso, cuyo texto figura en el sitio del Organismo Judicial, reforma el art. 41 de la Ley de Zonas Francas, Decreto 65-89, «reformado por el artículo 27 del Decreto Número 19-2016», que enumera las actividades que no pueden producirse o comercializarse desde la zona franca ni desarrollarse dentro de ellas; también reforma los arts. 1 y 5 Bis y añade el art. 50 Bis, que considera caso especial de defraudación aduanera obtener la calificación mediante engaño al Ministerio de Economía o a la SAT. Según la nota del Congreso del 12 de mayo de 2021, el Pleno lo aprobó con el voto favorable de 84 congresistas; la iniciativa 5174 se convirtió así en decreto, que sería remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción o veto. El texto del decreto fue emitido «EL DOCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO», lleva la sanción del Palacio Nacional del «treinta y uno de mayo del año dos mil veintiuno» y dispone que entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. Según una nota publicada por PRONACOM (14 de mayo de 2021) sobre la conferencia de prensa de autoridades del MINECO y la SAT, las reformas eliminan la prohibición de 13 actividades, entre las que destacan los centros de recreación y hoteles y los productos cerámicos; una nota del Diario de Centro América reproducida por Deguate recoge lo mismo. Según Prensa Libre, se eliminó la restricción para alimentos procesados, galletas, aceites, margarina, pastas, salsas, productos lácteos, sopas y bebidas de cualquier tipo; alimentos para animales; cuero y calzado; plásticos y sus manufacturas; medicamentos; industrias cosméticas; pintura; muebles; juguetes; y aparatos electrónicos y electrodomésticos con fines de venta o arrendamiento al territorio aduanero nacional, además de productos cerámicos y centros de recreación y hoteles. Todas esas actividades figuraban como literales del art. 41 en la redacción del Decreto 19-2016; la nueva redacción (literales a) a ee)) ya no las menciona, salvo en materia de bebidas: incluye las bebidas alcohólicas, líquidos alcohólicos y vinagres excepto vino y sidras (literal b) y el agua mineral o gaseada, la cerveza y la malta (literal c). Como efecto esperado, la nota del Congreso cita al Ministerio de Economía: «unos 32 mil empleos y más de US$300 millones de inversión»; la nota publicada por PRONACOM habla de «más de 32,000 empleos y más de US$300 millones de inversión adicional» según estimaciones del MINECO. Son proyecciones oficiales, no datos observados.
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- Votación del Decreto 6-2021
Voto favorable de 84 congresistas
12 may. 2021Congreso de la República - Empleos esperados según el MINECO (proyección, no observado)
Unos 32 mil
2021 (proyección)Congreso de la República - Inversión esperada según el MINECO (proyección, no observado)
Más de US$300 millones
2021 (proyección)Congreso de la República
