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¿Qué garantías da la Ley de Inversión Extranjera (Decreto 9-98) al inversionista extranjero?

Según los documentos citadosPor confirmarMarco legal

Año de emisión del Decreto 9-98

1998

1998SICE/OEA

El Decreto 9-98 (1998) establece en sus artículos 2-3 la 'plena equiparación' del inversionista extranjero con el guatemalteco en sus actividades económicas (trato nacional) y en el artículo 5 el pleno derecho de uso, goce, disfrute y dominio de la propiedad sobre la inversión. Prohíbe la expropiación directa o indirecta salvo causa comprobada de utilidad colectiva, beneficio o interés social, sobre bases no discriminatorias y con indemnización previa y efectiva, y permite al inversionista acudir a arbitraje internacional u otros mecanismos alternos conforme a tratados y leyes nacionales. Firmas legales locales describen su capítulo III ('Garantías y Derechos') como el catálogo de estándares internacionales de protección incorporados al derecho interno.

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Fuentes

  • SICE/OEA

    Texto Decreto 9-98

    • Año de emisión del Decreto 9-98
    sice.oas.orgConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente
  • UNCTAD

    UNCTAD Investment Laws Navigator · Guatemala, Ley de Inversión Extranjera

    investmentpolicy.unctad.orgConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente
  • UNCTAD

    UNCTAD Investment Laws Navigator

    investmentpolicy.unctad.orgConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente
  • Lexology

    Mecanismos legales de protección a la inversión extranjera

    lexology.comConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente