Año de emisión del Decreto 9-98
1998
1998SICE/OEAEl Decreto 9-98 (1998) establece en sus artículos 2-3 la 'plena equiparación' del inversionista extranjero con el guatemalteco en sus actividades económicas (trato nacional) y en el artículo 5 el pleno derecho de uso, goce, disfrute y dominio de la propiedad sobre la inversión. Prohíbe la expropiación directa o indirecta salvo causa comprobada de utilidad colectiva, beneficio o interés social, sobre bases no discriminatorias y con indemnización previa y efectiva, y permite al inversionista acudir a arbitraje internacional u otros mecanismos alternos conforme a tratados y leyes nacionales. Firmas legales locales describen su capítulo III ('Garantías y Derechos') como el catálogo de estándares internacionales de protección incorporados al derecho interno.
