Exoneración de ISR bajo 29-89
10 años
Vigente (según guía 2026)ConciliaEl Decreto 29-89 (1989), Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, otorga a las empresas calificadas bajo el régimen de admisión temporal: exoneración total de ISR por 10 años sobre las rentas de la actividad calificada; suspensión temporal (hasta 1 año, contado desde la aceptación de la declaración aduanera de importación) de los derechos arancelarios e impuestos a la importación, con inclusión del IVA, sobre materias primas, productos semielaborados, productos intermedios, envases, empaques y etiquetas; y exoneración total de los derechos arancelarios e impuestos a la importación, con inclusión del IVA, sobre la maquinaria, equipo, partes, componentes y accesorios del proceso productivo descritos en la resolución de calificación (con la alternativa de una suspensión temporal de 1 año sobre esa misma maquinaria). La calificación la otorga el MINECO por resolución. Desde la reforma del Decreto 19-2016 (art. 12 bis) los beneficios quedaron acotados a vestuario y textiles, call/contact centers y desarrollo de software. Los costos y plazos reales de calificación ante MINECO no se hallaron de forma consolidada.
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- Maquinaria, equipo, partes, componentes y accesorios del proceso productivo
Exoneración total de derechos arancelarios e impuestos a la importación, con inclusión del IVA
VigenteFUNDESA - Suspensión temporal de aranceles e IVA sobre materias primas e insumos (admisión temporal)1 añoVigenteFUNDESA
