Según los documentos citadosMarco legal
Regalía minera al Estado (art. 63)
0.5%
Vigente (Decreto 48-97)MEMLa Ley de Minería (Decreto 48-97, 1997) prevé licencias de reconocimiento, exploración y explotación. Su artículo 63 fija la regalía en 0.5% al Estado más 0.5% a las municipalidades (1% total); los materiales del artículo 5 pagan 1% a las municipalidades. Han existido propuestas recurrentes para subir las regalías (por ejemplo a 5%) que no se han aprobado. El riesgo regulatorio documentado es la suspensión de licencias por falta de consulta previa bajo el Convenio 169 de la OIT: el caso Kappes (CIADI ARB/18/43) nació de una licencia suspendida por ese motivo. Las regalías efectivamente pagadas al Estado no se recogieron.
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- Regalía minera a municipalidades (art. 63)0.5%Vigente (Decreto 48-97)MEM
- Regalía minera total1%Vigente (Decreto 48-97)MEM
- Regalía propuesta en reformas no aprobadas5%Propuestas recurrentes (p. ej. 2022)Prensa Libre / Congreso
