Según los documentos citadosMarco legal
Plazo de resolución de una solicitud admitida
10 días
VigenteDecreto 57-2008La Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008, art. 42) obliga a la Unidad de Información del sujeto obligado a resolver dentro de los diez días siguientes a la admisión de la solicitud, en uno de cuatro sentidos: entregar la información; negarla si el interesado no aclaró o subsanó lo pedido en plazo; negarla total o parcialmente por ser reservada o confidencial; o declarar su inexistencia. El art. 43 permite prorrogar ese plazo cuando el volumen y extensión de la respuesta lo justifiquen. Es la vía que usan las cartas de acceso del registro de solicitudes de esta plataforma.
