ISR sobre actividades lucrativas: 25 % sobre utilidades o 5 %/7 % sobre ingresos (arts. 36 y 44)
- Impuestos e incentivos
- impuestos/isr
- Auditado
Decreto 10-2012, Libro I. Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas: tipo impositivo del 25 % sobre la base imponible (art. 36). Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos: renta imponible mensual de Q0,01 a Q30,000, 5 % sobre la renta imponible; de Q30,000,01 en adelante, importe fijo de Q1,500 más 7 % sobre el excedente de Q30,000 (art. 44). El art. 173 (reformado por el Decreto 19-2013) fijó transitoriamente el 6 % para el tramo superior durante 2013; desde el 1 de enero de 2014 rige el 7 %. El Libro I entró en vigencia el 1 de enero de 2013.
Cifras
- Régimen sobre utilidades
- 25 % sobre la base imponible
- Régimen opcional simplificado, tramo hasta Q30,000 mensuales
- 5 %
- Régimen opcional simplificado, excedente de Q30,000 mensuales
- Q1,500 + 7 % del excedente
Salvedad
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.