Reconocimiento de laudos arbitrales extranjeros
- Marco legal de la inversión extranjera
- Arbitraje y protección al inversionista
- Auditado
Sí. La Ley de Arbitraje (Decreto 67-95, 1995) modernizó el arbitraje doméstico e internacional y dispone que los laudos extranjeros se reconocen conforme a la Convención de Nueva York de 1958. Se complementa con el derecho de acudir a arbitraje internacional que reconoce la Ley de Inversión Extranjera (Decreto 9-98) y con la membresía de Guatemala en el Convenio CIADI, en vigor para el país desde el 20 de febrero de 2003.
Cifras
- Año de la Ley de Arbitraje (Decreto 67-95)
- 1995
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.