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Sábado, 12 de septiembre de 2026 · Ciudad de GuatemalaQ7.6282 por US$+0.00%
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Volver a la investigaciónEn investigación — fuentes citadas, aún fuera del archivo verificado

A fondo

Las cuatro etapas de la consulta previa según la CC

Dossier
Licencia social y consulta previa23-licencia-social.md
Dominio
Licencia social y consulta previalicencia-social
Sala
Ley/ley
Auditado
Auditado

La doctrina consolidada en la sentencia Escobal (Exp. 4785-2017, 3-sep-2018): la consulta es obligación del Estado (MEM), no de la empresa, y debe seguir cuatro etapas — (i) determinación de las partes, (ii) pre-consulta con información objetiva y comprensible, (iii) consulta con el Procurador de los Derechos Humanos como observador, (iv) cumplimiento de acuerdos. El incumplimiento genera nulidad de licencias y responsabilidades civiles y penales. La CC la enmarcó no como barrera al desarrollo industrial sino como plataforma de discusión equitativa, intercultural, objetiva y transparente.

Fuentes

Registros relacionados

Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.