Capital mínimo para constituir una Sociedad Anónima
- Marco legal de la inversión extranjera
- Derecho societario y capital mínimo
- sin auditar
La Sociedad Anónima (S.A.) es el vehículo societario dominante, regulado por el Código de Comercio (Decreto 2-70, 1970), que también prevé la sociedad de responsabilidad limitada y la sucursal de sociedad extranjera. Según una guía secundaria, el capital pagado mínimo actual es de Q200 (artículo 90 reformado por el Decreto 18-2017, vigente desde octubre de 2017); la cifra de Q5,000 corresponde al régimen anterior. Tanto el número del decreto de reforma como el artículo están marcados para confirmación contra el texto oficial. Los tiempos reales de inscripción en el Registro Mercantil no se obtuvieron de forma consolidada.
Cifras
- Capital pagado mínimo S.A.
- Q200
- Capital pagado mínimo S.A. (régimen anterior)
- Q5,000
Salvedad
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.