Según los documentos citadosInstituciones
La Ley de Inversión Extranjera es el Decreto 9-98 del Congreso de la República; su principio central es el trato nacional: el artículo 3 («plena equiparación») reconoce al inversionista extranjero «el mismo tratamiento que el otorgado a los inversionistas nacionales en el desarrollo de sus actividades económicas» y prohíbe todo acto discriminatorio en su contra, y el artículo 4 le permite participar en cualquier actividad económica lícita y en cualquier proporción del capital social, salvo los requisitos de capital nacional que fije una ley especial. Es el marco de fondo sobre el que operan MINECO y las agencias de promoción. El texto citado es el publicado por el SICE de la OEA.
