La reforma al IUSI (Decreto 18-2026) para plantas y bodegas
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- El país, departamento por departamento
- Auditado
El Decreto 18-2026, aprobado por el Congreso el 29-jul-2026 (cinco artículos) y enviado al Ejecutivo, pendiente de sanción o veto y de 90 días tras su publicación en el Diario Oficial, reforma el artículo 11 de la Ley del IUSI: los inmuebles destinados a vivienda de uso residencial o mixto pasan a 0‰; los de uso exclusivamente comercial tributan 3‰ hasta Q500,000, 6‰ de Q500,000 a Q1,000,000 y 9‰ sobre Q1,000,000. Implicación: una planta o bodega (uso comercial) tributaría bajo la escala 3/6/9‰ con tramos en quetzales mucho más altos que los actuales; la clasificación 'uso mixto' queda por leer en el texto final. Vigencia, texto sancionado y fecha de publicación están por confirmar; la fuente es cobertura de prensa y del Congreso, no el texto publicado.
Cifras
- IUSI vivienda residencial o mixta (reforma)
- 0‰
- IUSI uso comercial (reforma)
- 3‰ hasta Q500,000; 6‰ hasta Q1,000,000; 9‰ sobre Q1,000,000
Salvedad
Fuentes
- eP Investiga, Congreso elimina el pago del IUSI para viviendas de uso residencial
- La Hora, 31-jul-2026, Decreto 18-2026 versión final de los cambios al IUSI
- Prensa Libre, Congreso aprueba reforma al IUSI, proceso para entrar en vigor
- Congreso de la República, Reformas a la Ley del IUSI enviada al Ejecutivo
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Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.