Licencia ambiental del MARN para una fábrica de confección
- Manual: abrir una fábrica de confección
- Servicios de planta: luz, agua, licencia
- Auditado
El marco es el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (AG 137-2016), reformado por AG 121-2018 y AG 317-2019; las actividades se clasifican en categorías A, B1, B2 y C según el Listado Taxativo. La licencia la extiende la DIGARN o la delegación departamental del MARN contra la resolución de aprobación, previa solicitud y pago: "cumplidos los requisitos ante el MARN, el plazo para la emisión o renovación y entrega de la licencia no deberá exceder de 5 días" (art. 60, texto 2016); vigencia mínima de 1 año y máxima de 5 para categorías A y B, a requerimiento del proponente (art. 61 reformado por AG 121-2018); categoría C y mínimo impacto quedan exentas de licencia salvo que la soliciten para operar. Corregido en auditoría 2026-08-22 (antes "≤10 días / solicitud ≤15 días"); el plazo de 15 días del proponente correspondería al art. 60 bis de reformas posteriores, a cotejar en el AG 317-2019. La categoría exacta de "fabricación de prendas de vestir" en el Listado Taxativo vigente (¿B1 o B2 según escala?) y el costo y tiempo típicos del instrumento no se obtuvieron.
Cifras
- Emisión y entrega de licencia tras requisitos
- ≤5 días
- Vigencia de licencia categorías A y B
- 1 a 5 años
Salvedad
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.