Sujetos del ISO y su acreditamiento contra el ISR
- Impuestos e incentivos
- Impuestos: ISR, IVA y retenciones
- Auditado
Están sujetos al ISO quienes realicen actividades mercantiles o agropecuarias con margen bruto superior al 4% de sus ingresos brutos. El ISO es acreditable contra el ISR; el remanente no acreditado en tres años se convierte en gasto deducible, y no hay devolución de excedentes. Estas reglas provienen de PwC y de resúmenes de ley (leyestributariasguatemala.com, leydeguatemala.com); no se cotejaron artículo por artículo contra el texto oficial.
Cifras
- Umbral de margen bruto para ser sujeto del ISO
- > 4% de los ingresos brutos
- Plazo para acreditar el ISO contra el ISR
- 3 años; el remanente es gasto deducible
Salvedad
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.