Compraventa de inmuebles: IVA frente a timbres fiscales
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- sin auditar
La primera venta de un inmueble paga IVA del 12%. Las segundas y subsiguientes ventas no pagan IVA sino impuesto de timbres fiscales del 3% sobre el valor. La regla proviene de una guía de CBR Guatemala (secundaria) y del resumen de PwC sobre timbres; no se cotejó contra los Decretos 27-92 y 37-92.
Cifras
- Primera venta de inmueble
- IVA 12%
- Segundas y subsiguientes ventas
- timbres 3%
Salvedad
Fuentes
Organizaciones nombradas en la respuesta
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Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.