Regalías mineras y riesgo regulatorio del sector
- Marco legal de la inversión extranjera
- Leyes sectoriales: energía y minas
- sin auditar
La Ley de Minería (Decreto 48-97, 1997) prevé licencias de reconocimiento, exploración y explotación. Su artículo 63 fija la regalía en 0.5% al Estado más 0.5% a las municipalidades (1% total); los materiales del artículo 5 pagan 1% a las municipalidades. Han existido propuestas recurrentes para subir las regalías (por ejemplo a 5%) que no se han aprobado. El riesgo regulatorio documentado es la suspensión de licencias por falta de consulta previa bajo el Convenio 169 de la OIT: el caso Kappes (CIADI ARB/18/43) nació de una licencia suspendida por ese motivo. Las regalías efectivamente pagadas al Estado no se recogieron; el dossier propone seguirlas en el Anuario Estadístico Minero del MEM.
Cifras
- Regalía minera al Estado (art. 63)
- 0.5%
- Regalía minera a municipalidades (art. 63)
- 0.5%
- Regalía minera total
- 1%
- Regalía propuesta en reformas no aprobadas
- 5%
Fuentes
Registros relacionados
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.