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¿Es obligatorio el dictamen de AMSCLAE para una licencia de construcción en Atitlán y qué normas de aguas residuales aplican?

Según los documentos citadosPráctica municipal real: por confirmarTurismo y residencia

Plazo de opinión AMSCLAE

≤15 días hábiles

VigenteAG

El Reglamento de AMSCLAE (Acuerdo Gubernativo 78-2012, art. 46; ley de creación Decreto 133-96) dice que las municipalidades, previo a emitir licencias para nuevas edificaciones públicas o privadas, remodelaciones o perforación de pozos, 'podrán' solicitar a AMSCLAE la opinión respectiva, emitida en no más de quince días hábiles, sin perjuicio de los instrumentos de evaluación ambiental. El verbo es facultativo para la municipalidad, aunque resúmenes secundarios lo presentan como obligatorio. El trámite 'Opinión previa para licencias municipales' figura en el catálogo del Estado sin requisitos, costo ni tiempo publicados. En aguas residuales aplican el AG 12-2011 (descargas en la cuenca del lago) y el AG 236-2006 (reglamento nacional), y en evaluación ambiental el AG 137-2016 con el listado taxativo AG 199-2016.

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Fuentes

  • AMSCLAE

    Ley de creación y su reglamento

    amsclae.gob.gtConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente
  • tramites.gob.gt

    AMSCLAE

    tramites.gob.gtConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente
  • AMSCLAE

    Normativa legal

    amsclae.gob.gtConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente