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¿Qué beneficios da el artículo 12 bis del 29-89 a vestuario/textiles y servicios TIC (maquinaria exonerada, ISR 10 años)?

Según los documentos citadosImportar maquinaria

Exoneración de ISR (vestuario/textil y TIC)

100% por 10 años

VigenteDecreto 29-89 art. 12 bis d)

El artículo 12 bis (adicionado por el Decreto 19-2016) aplica exclusivamente a la industria de vestuario y textiles y a servicios TIC, call centers y contact centers, y otorga: a) suspensión de 1 año sobre insumos; b) suspensión de 1 año sobre muestrarios, muestras de ingeniería, instructivos, patrones y modelos; c) exoneración total de DAI, impuestos e IVA a la importación de maquinaria, equipo, partes, componentes y accesorios del proceso productivo descritos en la resolución de calificación; d) exoneración total de ISR por 10 años sobre la actividad autorizada (no aplica a sucursales cuyo país de origen acredite el ISR guatemalteco); e) alternativamente, suspensión temporal de 1 año de los mismos tributos sobre maquinaria identificada en la resolución; f) exoneración de tributos a la importación y consumo de fuel oil, gas butano/propano y búnker para generación eléctrica propia; g) compras locales de insumos y servicios para la actividad calificada no afectas a IVA.

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  • Maquinaria y equipo del proceso productivo

    Exoneración total de DAI + impuestos + IVA

    VigenteDecreto 29-89 art. 12 bis c)

Fuentes

  • MINECO

    Texto del Decreto 29-89 con reformas

    mineco.gob.gtConsultada el 19 ago. 2026Ir a la fuente