Según los documentos citadosOperar y vivir
Sí. El IGSS establece que «todo patrono está obligado a inscribirse en el Régimen de Seguridad Social y a inscribir al trabajador o a los trabajadores» (sitio consultado en 2026), y publica guías descargables del Departamento de Registro de Patronos y Trabajadores; teléfonos 1522 y 2412-1224. El umbral de tres o más trabajadores que suele citarse como disparador de la inscripción patronal no fue confirmado en fuente primaria (el sitio del IGSS solo publica la obligación general; el acuerdo que lo fijaría, ¿Acuerdo 1123 de Junta Directiva?, queda pendiente).
