Apoyo por galón de diésel
Q 8.00
Tres meses desde la publicación del reglamento (2026)Decreto 11-2026La Ley de Apoyo de Emergencia para los Consumidores de Diésel y Gasolinas (Decreto 11-2026, emitido el 14 de abril de 2026 y publicado en el Diario de Centro América No. 51 del 20 de abril de 2026; vigente desde el día siguiente, art. 12) creó un apoyo social temporal de Q 8.00 por galón de diésel y Q 5.00 por galón de gasolina superior o regular, que debe reflejarse directamente en el precio final al consumidor a lo largo de la cadena de importación y distribución (art. 3). Dura tres meses contados desde la publicación de su reglamento o hasta agotar la asignación, lo que ocurra primero (art. 2); la asignación total es de Q 2,000 millones (Q 808 millones más Q 1,192 millones por reordenamientos presupuestarios, art. 5). El Ministerio de Energía y Minas es el ente rector y pagador (arts. 4 y 6) y la DIACO verifica el traslado del beneficio en los expendios (art. 7); el art. 8 activa un mecanismo excepcional de precios de referencia y contención. Sigue el precedente de los Decretos 20-2022, 28-2022 y 42-2022.
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- Apoyo por galón de gasolina superior o regularQ 5.00Tres meses (2026)Decreto 11-2026
- Asignación presupuestaria totalQ 2,000 millones2026Decreto 11-2026
