Ir al contenido

Últimas cifras

¿Qué porcentaje del IVA retienen los exportadores, el sector público, las tarjetas y los contribuyentes especiales a sus proveedores en Guatemala?

Según los documentos citadosPor confirmarImpuestos

Umbral de exportador agente de retención

Q100,000 de exportación mensual promedio

VigenteDecreto 20-2006

Decreto 20-2006 (Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria). Art. 1: los exportadores habituales con exportación mensual promedio de Q100,000 o más, activados por SAT como agentes de retención, retienen el 65 % del IVA al comprar productos agrícolas y pecuarios en la forma en que serán exportados (café salvo tostado o soluble, azúcar sin refinar, banano, cardamomo, caña, algodón, leche y otros) y el 15 % en las demás compras y servicios; las empresas calificadas bajo el Decreto 29-89 (maquila) retienen el 65 % en todas sus compras; lo retenido se compensa con su crédito fiscal sujeto a devolución y el saldo a favor del fisco se entera en 15 días hábiles. Art. 2: los organismos del Estado y entidades descentralizadas y autónomas (no las municipalidades) retienen el 25 % en compras de Q30,000 o más. Art. 3: las operadoras de tarjetas de crédito o débito retienen el 15 % a los establecimientos afiliados. Art. 5: los contribuyentes especiales retienen el 15 % a sus proveedores; lo retenido se entera en los primeros 15 días hábiles del mes siguiente contra constancia prenumerada. Art. 11: el proveedor resta lo retenido del impuesto del período y arrastra el remanente; tras dos años consecutivos con remanente no compensable puede pedir a SAT una cuenta bancaria especial para pagar otros impuestos con él.

Leer másLeer menos
  • Exportadores · compras de productos agropecuarios para exportar (y empresas 29-89 en todas sus compras)

    Retención del 65 % del IVA

    VigenteDecreto 20-2006
  • Exportadores · otras compras y servicios

    Retención del 15 %

    VigenteDecreto 20-2006
  • Sector público (compras ≥ Q30,000)

    Retención del 25 %

    VigenteDecreto 20-2006
  • Operadoras de tarjetas y contribuyentes especiales

    Retención del 15 %

    VigenteDecreto 20-2006

Fuentes

  • SAT

    Decreto 20-2006, Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria

    portal.sat.gob.gtConsultada el 2 sept. 2026Ir a la fuente