Tasa del ISO
1%
VigenteDecreto 73-200819 ago. 2026El ISO (Decreto 73-2008) tiene una tasa del 1% (art. 8). La base (art. 7) es la mayor entre la cuarta parte del activo neto y la cuarta parte de los ingresos brutos; si el activo neto supera cuatro veces los ingresos brutos, se aplica la base de ingresos brutos.
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- Base del ISO
La mayor entre 1/4 del activo neto y 1/4 de los ingresos brutos; ingresos brutos si el activo neto > 4x ingresos
VigenteDecreto 73-200819 ago. 2026
